lunes, 15 de junio de 2009

SENA

SENA

Historia del SENA:

1957: Rodolfo Martínez expuso una organización descentralizada del Estado y con financiación autónoma, la cual fue aprobada. En este año nació el SENA, sus funciones eran brindar formación profesional a los trabajadores, jóvenes y adultos de la industria, el comercio, la agricultura, la minería y la ganadería. Ubicado en la calle 20 con carrera octava, durante tres años. Durante los primeros meses se establecieron las estructuras seccionales en los diversos departamentos.

1958: se realizó una investigación, en cinco mil empresas de todos los departamentos, acerca de las necesidades de Formación Profesional y reveló que al menos 210 mil trabajadores requerían complementar su educación, esto llevo a fijar un plan.

1960: El SENA firmó convenios con la Organización Internacional del Trabajo, que brindaron asesoría administrativa, financiera y técnica a los pequeños y medianos empresarios y promovieron el crecimiento empresarial. Unas 2.000 personas se capacitaron como directivos, supervisores e instructores de formación profesional.

1963-1964: abrieron dos nuevos centros para la formación de instructores agropecuarios y del sector comercio y servicios en Gaira (Magdalena) y Bogotá, respectivamente.

1966-1967: se realizó un estudio llamado Investigación de Recursos Humanos para una Política Nacional de Empleo y Formación Profesional. En este período el número de alumnos se incrementó 40% cada año.

1968: Se crearon dos subdirecciones nacionales: la Administrativa y la de Operaciones. La institución inauguró el Centro de Control Experimental, en Bogotá, con modernos equipos.

1969: comenzaron los primeros cursos de aprendizaje industrial, con 130 trabajadores-alumnos patrocinados por 27 empresas, en electricidad, soldadura, ebanistería, mecánica automotriz y ajuste.

1970: se puso en marcha el Programa de Promoción Profesional Urbana y el de Promoción Profesional Popular Rural.

1971: Se fundó el Sindicato de Empleados Públicos (Sindesena), al declarar a los funcionarios del sena empleados públicos y 10% oficiales.

1977: se llevó a cabo una reestructuración administrativa. Ya que en esta época Colombia experimentó un crecimiento sostenido en sectores modernos de la economía, la industria manufacturera, la agricultura industrial, el comercio y los servicios.

1985: surgió Capacitación para la Participación Campesina (Capaca), dirigida a líderes campesinos, indígenas y comunidades beneficiarias de la Reforma Agraria, con el fin de que tomaran parte en el desarrollo agropecuario.

1990: De ahí la necesidad de expedir la Ley 119 de 1994 mediante la cual la institución se reestructuró para brindar programas de formación profesional integral en todas las áreas económicas. El objetivo: aumentar la productividad y el desarrollo social y económico.

1996: el SENA y el Instituto para el Desarrollo de la Ciencia y la Tecnología (Colciencias), se unieron para promover la investigación tecnología y la modernización científica, Los beneficios son evidentes. Cada vez más centros de formación de la institución se interesan por participar en proyectos de alianza con centros de desarrollo tecnológico y universidades que promueven y desarrollan la innovación y el desarrollo tecnológico regional.

1998: se utilizó el servicio de videoconferencias en todo el país. Cuatro años después existían 31 puntos: cuatro en Bogotá y los demás en Medellín, Atlántico y otras regionales.

2001-2002: invirtió $33 mil millones en teleinformática, formación de personas con competencias específicas en tecnologías de información y comunicación. Se desarrollaron seis grandes proyectos: aulas abiertas, aulas itinerantes, nueva oferta educativa, comunidad virtual, videoconferencia y la página Web.

2003: marcó un hito en la formación del SENA. A partir de esa fecha, se implementó el aprendizaje virtual, con ventajas como la alta cobertura, la distribución territorial equilibrada, la posibilidad de acortar distancias, además de la atención flexible y oportuna del e-learning empresarial.

2004: se lanza el programa SENA 24 horas, que incrementa la cobertura de formación profesional y la utilización de los Centros de Formación, entre las 9 de la noche y las seis de la mañana, estableció que los instructores deben dedicar 32 horas a la semana para los procesos directos de formación. Esta decisión contrasta con las 26 horas semanales por instructor, que venían rigiendo desde 1997.

2007-2010: busca dar respuesta a los retos que enfrentará Colombia, derivados de la profundización en la globalización de la economía, a la necesidad de una transformación a fondo del aparato productivo nacional en términos de su diversificación, especialización y modernización, y a la búsqueda de un desarrollo social y económico. Además, las universidades han abierto las puertas a los técnicos y tecnólogos para que continúen su cadena de formación y alcancen su título profesional, lo cual constituye un estímulo adicional para nuestros egresados.

CONTRATO DE APRENDIZAJE

Es una forma especial dentro del derecho laboral de una persona natural que presta un servicio práctico y teórico este patrocinado por una empresa, quien le brinda los medios para una formación profesional ordenada y completa, donde llevaría acabo la parte practica en las instalaciones de la empresa patrocinadora, por cualquier tiempo determinado no superior a 2 años y por esto recibirá un apoyo de sostenimiento mensual, el cual no constituye ninguna salario.

FONDO NACIONAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL DE LA INDUSTRIA

DE LA CONSTRUCCIÓN -FIC-

¿Qué es el FIC?

Se obligo a la contratación de aprendices, se creo FIC donde a los empleadores de este ramo deben contribuir mensualmente con una suma igual a un (1) SMLV por cada cuarenta (40) trabajadores que laboren bajo sus órdenes, es considerada un contribución parafiscal y nace a cargo del usuario o beneficiario. Esta constructora se encarga de que dicho contratista cumpla con la respectiva contribución. Cabe aclarar que la obligación de contribuir emana de la circunstancia de tener trabajadores de la construcción bajo su mando, es decir, que si los trabajadores se encuentran bajo la nómina del contratista independiente, es a aquel a quien le corresponde el pago de la contribución y no al dueño de la obra, sin que ésto exima a la constructora de verificar la efectividad en el pago.

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